Se definen áreas de protección de visuales con carácter escénico, que es necesario salvaguardar y garantizar para la apreciación pública. Estas visuales permiten destacar elementos urbanos referenciales, que son identificatorios del perfil de la ciudad y parte insustituible de su imagen. Se generarán servidumbres de no edificación o la prohibición de interponer cualquier tipo de barreras entre los puntos de vista y el cuadro o escena.